A Coru�a, 18 de septiembre de 2014. A ra�z del fat�dico suceso en el que una ni�a de 14 a�os falleci� por electrocuci�n, debido a una descarga sufrida al entrar en contacto con una farola met�lica, la Asociaci�n Gallega de Organismo de Control Autorizados, Asgoca advierte de la obligatoriedad vigente de que este tipo de instalaciones sean inspeccionadas regularmente.
Las inspecciones reglamentarias, un criterio de m�nimos
El Real Decreto 848/2002 por el que se aprob� el Reglamento Electrot�cnico de Baja Tensi�n, establece la obligatoriedad de que las instalaciones el�ctricas de exterior con una potencia superior a 5 kW (5.000 vatios) deben ser sometidas a inspecciones peri�dicas por parte de un Organismo de Control Autorizado a fin de evaluar que la instalaci�n es conforme a la reglamentaci�n, y que su estado es seguro para las personas y el medio ambiente.
Aunque la reglamentaci�n obliga a que esta inspecci�n sea realizada al menos cada 5 a�os, �ste es un criterio de m�nimos: el titular de la instalaci�n debe garantizar que la instalaci�n sea segura para las personas y el medio ambiente, por ello cualquier cambio, manipulaci�n o suceso en la vida de una instalaci�n que pueda alterar
su correcto funcionamiento debe ser tenida en cuenta para que su titular ordene de nuevo su revisi�n, aunque no se haya cumplido el plazo previsto en el reglamento.
Ana Cupeiro, Presidenta de Asgoca <<El reglamento indica qu� revisiones peri�dicas tienen que cumplir todas las instalaciones. En este caso se marca una inspecci�n cada cinco a�os desde su puesta en marcha. Esto no quiere decir que autom�ticamente se convierta en una instalaci�n segura durante cinco a�os; si sufre manipulaciones o ha podido sufrir da�os durante, por ejemplo por un acto de vandalismo, un accidente de tr�fico o una tormenta, el titular debe asegurar que se inspeccionen con m�s frecuencia para aportar las m�ximas garant�as>>.
Son los titulares de la instalaci�n los responsables de que la instalaci�n se mantenga en correcto estado de uso y de seguridad, y ello lo debe hacer no s�lo contratando el mantenimiento sino tambi�n las inspecciones reglamentarias.
Sobre Asgoca
Asgoca es la Asociaci�n Gallega de Organismo de Control Autorizados.
Fundada en 2011 y sin �nimo de lucro, su misi�n se basa en coordinar y colaborar con la administraci�n en las tareas de control reglamentario para garantizar la m�xima profesionalidad, transparencia y rigor en las actuaciones de sus asociados, en un tema tan vital como es la Seguridad Industrial.
ORGANISMOS DE CONTROL: Los organismos de control son personas naturales o jur�dicas que, teniendo plena capacidad de obrar, se constituyen con la finalidad de verificar el cumplimiento de car�cter obligatorio de las condiciones de seguridad de productos e instalaciones industriales, establecidas por los Reglamentos de Seguridad Industrial, mediante actividades de certificaci�n, ensayo o inspecci�n
(nueva redacci�n RD 2200/1995)